¿Qué tener en cuenta a la hora de contratar una empresa de seguridad?
La seguridad es un punto clave para los vecinos de barrios y torres privadas. Por tanto, la contratación de una empresa que se encargue del control de los accesos se hace vital y necesaria. Qué requisitos legales son necesarios para brindar este servicio y cuáles puntos tener en cuenta a la hora de compararlas, de eso hablaremos en esta nota.

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El control y la seguridad de barrios y torres es un tema que cada día más preocupa a los vecinos. Sin embargo, se ha convertido en un tema sensible. Con la pandemia, los costos de este tipo de empresas se han multiplicado lo que ha hecho que se evalúen la cantidad de horas que prestan servicios y si la opción que actualmente está contratada es la mejor opción del mercado. 

Y si bien el precio es un punto tentador a la hora de comparar este tipo de firmas, no es lo primordial al momento de elegirlas. 

Obligaciones legales que debe cumplir una empresa de seguridad

El primer punto a evaluar a la hora de contratar una empresa de seguridad consiste en que cumpla el marco de legalidad adecuado. De esta forma puede asegurarse que su administración quede libre de todo riesgo solidario.  Para ello, es importante verificar que dicha empresa efectúa todas sus obligaciones laborales, previsionales, impositivas y gubernamentales.

En Argentina, los principales puntos a tener en cuenta son:

  • La empresa debe poseer la habilitación otorgada por la autoridad competente para desarrollar la actividad. Esta habilitación depende de la zona del país de la que se trate, ya que tanto la normativa como el organismo habilitador son diferentes.

En el caso de CABA, por ejemplo, dicha habilitación se enmarca en la Ley 1913 y pueden consultarse las empresas habilitadas a través del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.  En cambio, en la provincia de Buenos Aires responde a la Ley 12.297 y es otorgada por el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires.

  • Debe contar con las pólizas vigentes del Seguro de Vida del Personal, Seguro de Responsabilidad Civil de la empresa y del Contrato con la ART. (Ley 24557).
  • Debe presentar una constancia de autorización de “usuario colectivo” del Registro Nacional de Armas RENAR, tanto si el personal tuviese que cumplir servicio con armas o sin ellas.

 En el caso de que el personal de vigilancia debiere estar armado, deberá poseer el correspondiente CLU y portación, expedida por el RENAR y se deberá contar (agregando copia legalizada) con autorización de la Autoridad de Aplicación y/o Contralor, para efectuar el servicio con arma.

  • Debe exhibir la Constancia de libre deuda de Obra Social, Sindicato, aporte solidario (convenio colectivo de trabajo 442/2006), últimas tres declaraciones juradas de pago de IVA y constancias de pago de IVA, nómina de ART; Declaración Jurada de Impuesto a las Ganancias y constancia de pago (último año).
  • La empresa debe contar con un servicio contratado de emergencias médicas que incluya medicina laboral y gabinete psicológico.
  • Debe hacerse cargo de la capacitación del personal demostrando la implementación de los planes teóricos y prácticos o certificados expedidos por Instituciones autorizadas
  • Es recomendable que cuente con una constancia de afiliación a alguna Cámara o Asociación de Seguridad, donde pueda recabarse información de ellos. Entre ellas se encuentran CAESI, CELSI, CEMARA, CAESBA, AASPRI, entre otras.

De todas formas, siempre es recomendable consultar con un profesional legal para que verifique que todo esté en orden y no hayan malos entendidos.

Otros puntos a tener en cuenta

Más allá de lo legal, es necesario evaluar puntos que brinden confianza. Para ello, se puede tener en cuenta las referencias comerciales de la empresa, es decir, la trayectoria y relaciones duraderas con clientes que ya tienen. También se puede evaluar cuál es el punto de contacto, qué tipo de soporte brindan y quiénes son los encargados de responder las consultas.

Con todo esto en vista, también se pueden comparar precios y ver qué empresa ofrece un servicio más adecuado a las necesidades.

Tecnología que conecta administraciones con vigiladores

ConsorcioAbierto permite gestionar el control de los accesos de barrios y torres. Con esta nueva funcionalidad, los administradores de consorcios tienen la posibilidad de dar el alta y baja de los vigiladores, lo que permite un control de la permanencia de estos empleados. Al mismo tiempo, brinda un libro de visitas actualizado en tiempo real de los diversos ingresos/egresos tanto de visitas como de empleados y proveedores.

Por otra parte, nuestra plataforma simplifica el proceso de ingreso a barrios cerrados de invitadosAsí, los vecinos pueden informar desde su la app si esperan amigos o familiares ingresando el número de DNI y su nombre completo.

Al mismo tiempo, los vecinos pueden indicar si esperan proveedores o empleados recurrentes, dar detalles del horario en el que pueden ingresar e indicar si es necesario que los vigiladores requieran una documentación extra, como el seguro al día o una matrícula del servicio que ofrecen.

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ConsorcioAbierto

abril 19, 2024
Categorias: Soluciones
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